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¿Te toca trabajar en jueves y viernes de Semana Santa? Esto deben pagarte

Fecha de Publicación: 13/04/2022

Las vacaciones de Semana Santa dieron inicio este fin de semana, cientos de estudiantes y maestros gozarán de 15 días de descanso ya que en la educación básica, medio superior y superior son obligatorias, de acuerdo con lo que marca el calendario escolar de la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Pero si en tu caso en tu centro laboral no te darán esos días de descanso, te decimos que marca la ley al respecto y cuánto te deben pagar si trabajas el jueves y viernes Santo, así que toma nota.

CUÁNTO TE DEBEN PAGAR SI TRABAJAS JUEVES Y VIERNES SANTO

Es importante que tomes en cuenta que no todas empresas dan a sus empleados esos días, como ocurre en algunos casos en Navidad y Año Nuevo, cuando además el pago a los trabajadores que laboren este día es doble.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado en días festivos.

Como jueves y viernes Santos no son considerados de descanso obligatorio según la ley, las empresas no tienen la obligación de realizar un pago extra por esos días. Según el calendario laboral establecido por la Ley Federal del Trabajo, los días oficiales de descanso este 2022 son:

- El 1 de enero

- El primer lunes de febrero por el 5 de febrero debido a la Promulgación de la Constitución.

- El tercer lunes de marzo debido al Natalicio de Benito Juárez el 21 de marzo.

- El 1 de mayo, Día del Trabajo.

- El 16 de septiembre por la Independencia de México.

- El tercer lunes de noviembre debido al 20 de noviembre por el Aniversario de la Revolución Mexicana.

- El 25 de diciembre por Navidad.

- El que determinen las leyes federales y locales electorales, para efectuar la jornada electoral.


Fuente: Mi Bolsillo